Y los créditos fiscales ¿Qué son?
- Fiorenzano Abogados
- 16 ago 2022
- 2 Min. de lectura

De acuerdo con el artículo 4º del Código Fiscal de la Federación vigente, “son créditos fiscales los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, de sus accesorios o de aprovechamientos, incluyendo los que derivan de responsabilidades que el Estado tenga derecho a exigir de sus funcionarios o empleados o de los particulares, así como aquellos a los que las leyes les den ese carácter y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.”
Un crédito fiscal es “[…] la cantidad determinada por el contribuyente o por la autoridad, a pagar como una contribución, una cuota compensatoria, una multa, una responsabilidad de los funcionarios públicos o de los que señala la propia ley. El monto de los créditos debe de ser notificado ante el SAT dentro de los plazos que marca la ley […]”.
Tal como ya se mencionó se consideran crédito fiscal los accesorios de las contribuciones tales como: los gastos de ejecución, recargos y actualizaciones, los cuales se originan cuando los contribuyentes de la obligación fiscal se sitúan en el incumplimiento del pago oportuno de los tributos que hayan generado por cualquier actividad desempeñada y que además esté gravada por alguna ley en materia tributaria.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar un crédito fiscal?
Si las autoridades fiscales ejercieron sus facultades de comprobación y como resultado de éstas determinaron un crédito fiscal el mismo deberá pagarse o garantizarse, junto con sus accesorios, dentro de los 30 días siguientes a que fue notificado; en caso de no liquidar o garantizar el crédito fiscal dentro de ese término, las autoridades fiscales podrán iniciar procedimiento administrativo de ejecución, por virtud del cual se podrá exigir el pago del crédito fiscal determinado.
¿Quiénes pueden determinar un crédito fiscal?
Las autoridades fiscales y administrativas como lo son: Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); Servicio de Administración Tributaria (SAT); Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); Instituto Nacional del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT); Comisión Nacional del Agua (CONAGUA); Comisión Federal de Electricidad (CFE); Secretarías de Finanzas o Secretarías de Administración y Finanzas de cada Entidad Federativa; Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI); entre otros.
¿Razones por las cuales puedo ser sujeto a la determinación de un crédito fiscal?
● Incumplimiento del pago de impuestos
● Incumplimiento en el pago de aportaciones de seguridad social
● Incumplimiento con el pago de derechos
● Incumplimiento a las diversas disposiciones administrativas
Referencias
Ley de Impuestos sobre la Renta:
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